Los Angeles Employment Attorneys

Protegiendo los Derechos de los Empleados Desde 1993

DERECHOS DE FMLA VIOLADOS CUANDO A UNA EMPLEADA DE SERVICIO AL CLIENTE DEL ÁREA DE LOS ANGELES NO SE LE PERMITIÓ TIEMPO LIBRE PARA CUIDAR A SU HIJA PEQUEÑA

Aproximadamente el 9 de octubre de 1992, la demandante fue empleada por todos los demandados nombrados, y cada uno de ellos, en una base de tiempo completo como representante de servicio al cliente. Durante el empleo de la demandante con dichos demandados, y cada uno de ellos, la demandante fue promovida primero a Supervisora de Control de Calidad, Despacho, y luego a Supervisora de Relevo aproximadamente en julio de 1995. En el momento de la terminación de la demandante por todos los demandados nombrados, y cada uno de ellos, aproximadamente el 4-22-99, la demandante estaba ganando $9.50 por hora y recibiendo beneficios de empleo.

Aproximadamente el viernes 19 de febrero de 1999 la demandante comenzó a sufrir los síntomas de una gripe estomacal severa causada por un virus, adecuadamente llamada Gastroenteritis. A medida que esta enfermedad progresó, la demandante experimentó síntomas de deshidratación. Aproximadamente el 19 de febrero de 1999, la demandante le dijo a su supervisor que la demandante tenía que irse a casa temprano debido a la enfermedad. El 22 de febrero de 1999 (lunes) la demandante nuevamente se fue del trabajo porque estaba enferma. Aproximadamente el 23 de febrero de 1999, la demandante no vino a trabajar porque estaba sufriendo de esta condición médica seria.

Durante este mismo período, aproximadamente el 24 de febrero de 1999, la hija de cinco años de la demandante contrajo el mismo virus, y comenzó a sufrir síntomas ampliados asociados con este virus porque la hija de la demandante era una niña. Aproximadamente el 24 de febrero de 1999, la demandante fue a la sala de emergencias con su hija. Desde la sala de emergencias la demandante llamó a su supervisor y le dijo que su hija tenía una fiebre de 103 grados y estaba muy enferma con la enfermedad estomacal. Debido a la enfermedad de la hija, basado en las órdenes del médico, la demandante fue requerida quedarse con su hija y cuidarla hasta el 2 de marzo de 1999 cuando se le permitió a la hija de la demandante volver a la escuela. La demandante informó a su supervisor de estas condiciones y arregló estar fuera del trabajo hasta el 2 de marzo de 1999 para cuidar la condición médica seria de su hija.

Aproximadamente el 11 de abril de 1999 (domingo), la demandante y su hija nuevamente comenzaron a sufrir síntomas severos asociados con Gastroenteritis. Entre estos síntomas estaban la enfermedad estomacal durante toda la noche y la deshidratación. El 12 de abril de 1999, la demandante llamó a su supervisor y le dijo que la demandante y su hija estaban nuevamente enfermas toda la noche con vómitos y diarrea. Aproximadamente el 13 de abril de 1999, la demandante y su hija fueron a la sala de emergencias debido a la enfermedad que tenían. Desde la sala de emergencias, la demandante llamó a su supervisor y explicó los síntomas de la enfermedad que la demandante y su hija estaban sufriendo.

El 14, 15 y 16 de abril, la demandante llamó a su supervisor y le dijo que debido a la enfermedad de la demandante y su hija la demandante no podía venir a trabajar. Durante estas conversaciones, la demandante explicó los síntomas de la condición médica seria que la demandante y su hija estaban sufriendo como la demandante lo había hecho cada vez que tenía que faltar al trabajo debido a esta enfermedad.

Aproximadamente el 19 de abril de 1999, cuando la demandante llamó a su supervisor, se le dijo a la demandante que consultara con Recursos Humanos. La demandante habló con recursos humanos quiénes inicialmente no sabían por qué se le pedía a la demandante que llamara a recursos humanos. Recursos Humanos luego llamó de vuelta a la demandante y le dijo que trajera todas sus excusas del médico. El 19 de abril de 1999 la demandante trajo todas sus excusas del médico, y las de su hija, incluyendo una que decía que la demandante debía estar fuera hasta el 20 de abril de 1999. Recursos Humanos le dijo a la demandante que recursos humanos iba a amonestarlo e investigar las ausencias de la demandante mientras la demandante estaba en suspensión.

Aproximadamente el 22 de abril de 1999, recursos humanos le dijo a la demandante que tendría una respuesta para la demandante el viernes 23 porque recursos humanos aún estaba investigando las ausencias de la demandante.

Aproximadamente el 22 de abril de 1999, la demandante recibió un papel de terminación que indicaba que la demandante fue terminada debido a tardanzas excesivas y ausencias. La demandante había sido tardía solo una vez durante la historia reciente, y todas sus ausencias fueron debido a la condición médica seria de la demandante y su hija.

RESULTADO DEL CASO DE LA LEY DE LICENCIA FAMILIAR MÉDICA (FMLA): Se llegó a un acuerdo confidencial. Irónicamente, Gerber interrogó a recursos humanos, por segunda vez años más tarde, en otro caso contra otro empleador en el cual se le acusó una vez más de contribuir a una decisión de empleo equivocada que estaba en litigio.

TERMINACIÓN INJUSTIFICADA DE CONSEJERO DE VAN NUYS EN VIOLACIÓN DE CFRA (LEY DE DERECHOS FAMILIARES DE CALIFORNIA)

Aproximadamente el sábado 9-26-98, el demandante se desplomó en su casa debido a un problema de vesícula biliar que estaba teniendo, y fue llevado al hospital. Aproximadamente el 9-28-98, el demandante fue operado, y aproximadamente el 10-3-98, el demandante fue liberado del hospital.

Aproximadamente el lunes 9-28-98, el demandante llamó al Gerente General del demandado, y dijo que estaba en el hospital, se desplomó debido a una condición de vesícula biliar, tuvo una operación de emergencia, y que mucho líquido todavía salía de él así que no podía venir a trabajar. El Gerente General preguntó al demandante cuánto tiempo el demandante estaría fuera del trabajo. El demandante dijo que si todo salía bien estaría de vuelta al trabajo en 4 semanas. Después de esta conversación, antes de ser liberado del hospital, el demandante habló con el Gerente General, algunas veces más sobre la condición médica del demandante y su necesidad de estar fuera del trabajo por aproximadamente 4 semanas. Durante todas estas conversaciones se entendía que el trabajo del demandante se mantendría abierto hasta que se recuperara de sus problemas médicos si estaba fuera por aproximadamente 4 semanas.

Aproximadamente el 10-5-98, el médico del demandante le dijo al demandante que se quedara fuera otra semana. Después de esta restricción, al demandante se le dijo que podía volver al trabajo pero que no debería levantar. El demandante comunicó ambas condiciones al Gerente General poco después de que fueron impuestas al demandante.

Aproximadamente el 10-19-98 o 10-20-98, el demandante trajo la nota del médico que liberaba al demandante para volver al trabajo, pero que decía que tenía una restricción de levantamiento. El Gerente General le dijo al demandante que si el demandante tenía restricciones en absoluto no podía volver al trabajo.

Aproximadamente el 11-2-98, el médico del demandante le dijo al demandante que podía volver al trabajo sin limitaciones. En este mismo día, el demandante le mostró al Gerente General una nota del médico que decía esto. En ese momento, el Gerente General le dijo al demandante que la posición del demandante había sido llenada.

Aproximadamente el 11-3-98, el demandante volvió para asegurarse de que realmente había sido despedido. En ese momento, el Gerente General le dijo al demandante que el Gerente General no tenía nada para el demandante, que el lugar del demandante había sido llenado mientras el demandante estaba fuera, y que el reemplazo no podía ser despedido porque costaba dinero entrenar al reemplazo.

Esta causa de acción se basa en la Sección 12945.2 del Código Gubernamental de California por la terminación del demandado, y se negó a mantener la posición del demandante abierta mientras estaba en licencia autorizada bajo dicho estatuto. Ley de Licencia Familiar de California (CFRA) estatuto Además, el demandado discriminó al demandante por tomar licencia bajo dicho estatuto, y lo hizo al terminar al demandante, negarse a mantener su posición abierta, y negarse a reasignar al demandante a otra posición dentro de su gran organización.

RESULTADO DEL CASO DE VIOLACIÓN DE CFRA: El asunto se resolvió, pero los detalles se pierden en el tiempo.

VIOLACIONES DE FMLA DEBIDO A HIPERTENSIÓN Y ANSIEDAD

Aproximadamente el 9 de marzo de 2004, la demandante se fue de licencia por hipertensión, ansiedad generalizada con una fecha de regreso del 10 de mayo de 2004. En el momento en que la demandante se fue de licencia, era elegible para Licencia Familiar porque había, y continuaba, trabajando aproximadamente 1,820 horas al año como representante de servicio al cliente ganando $15.31 por hora, más beneficios, lo que no la ponía en el 10% superior de los salarios de los empleados en el Demandado.

Al regresar de esta licencia, el gerente del Departamento de Jubilación, donde trabajaba la demandante, tomó represalias contra la demandante. Las represalias incluyeron:
  1. negarse a reactivar la tarjeta de identificación de la demandante que le permitía entrar al edificio a trabajar. Esto haría que la demandante llegara al edificio, alguien en el departamento de la demandante tenía que ser llamado y bajar a dejar entrar a la demandante. Esto retrasaría a la demandante de llegar a su área de trabajo designada por períodos de tiempo significativos. Había aproximadamente 3 pases de seguridad requeridos para llegar al área de trabajo de la demandante;
  2. b. negarse a reactivar la computadora de la demandante;
  3. c. causando que la demandante reciba $30.44 en su cheque de pago para 5-10/5-20-04, e indicando que 55 de las horas que trabajó la demandante fueron horas no pagadas;
  4. d. no eliminar a la demandante del estado de trabajo "no activo" cuando la demandante estaba de vuelta en el trabajo. Este mensaje sería repetido durante varias operaciones que la demandante intentó realizar;
  5. e. terminar a la demandante por supuestamente tener demasiados puntos en su contra cuando muchos de estos puntos en su contra fueron debido a que el Gerente del Hogar de Jubilación no reactivó los controles de entrada de la demandante.

Aproximadamente el 14 de agosto de 2004, sin previo aviso, la presión arterial de la demandante nuevamente se elevó a un nivel incontrolable de 173/115. Fue a la sala de emergencias.

Aproximadamente el 18 de agosto de 2004, el Gerente del Hogar de Jubilación le dijo a la demandante que estaba siendo terminada porque tenía demasiados puntos en su contra. La demandante tenía menos puntos de los permitidos bajo las políticas del Demandado.

RESULTADOS DEL CASO DE FMLA PARA HIPERTENSIÓN: Hubo un acuerdo confidencial

VIOLACIONES DE FMLA/CRFA DEBIDO A BRONQUITIS SEVERA, NEUMONÍA, Y COSTILLAS FRACTURADAS COMO RESULTADO

Aproximadamente el 24 de septiembre de 2002, la demandante se enfermó muy gravemente y tuvo que dejar el trabajo. Se determinó que tenía bronquitis severa y neumonía, y que se fracturó las costillas debido a la enfermedad. La demandante envió por fax al demandado una nota del médico en ese día indicando que estaba siendo puesta en licencia debido a su enfermedad. La demandante también le dijo a su supervisor sobre su enfermedad. La demandante está informada y cree que puede haber sido puesta en Licencia Familiar por el Demandado, en ese momento, pero si no fue, debería haber sido porque estaba sufriendo de una condición médica seria que requería que faltara al trabajo, y el Demandado consideró a la Demandante en tal licencia entre el 25 de septiembre de 2002 y el 9 de octubre de 2002 como se hace referencia en una carta escrita por el Demandado el 11 de octubre de 2002.

Aproximadamente el 30 de septiembre de 2002, la demandante intentó volver al trabajo. Le dijo al Supervisor que tenía neumonía y bronquitis que llevaron a una costilla fracturada. El 1 de octubre de 2002, el Supervisor le dijo a la demandante que se fuera a casa porque aún estaba enferma. La demandante luego fue al médico que la puso en licencia hasta el 10 de octubre de 2002. La demandante luego envió por fax al Supervisor documentación concerniente a esa licencia.

El 10 de octubre de 2002, la demandante regresó al trabajo y fue terminada. A la demandante se le dijo que la compañía contrató a alguien en quien podían confiar que no estaría ausente. Esto fue dicho a la demandante por un Vicepresidente. Había al menos 3 otros que podrían haber hecho el trabajo de la demandante, y debería haber permanecido abierto mientras estaba en Licencia Familiar.

Esta causa de acción se basa en la Sección 12945.2 del California Government Code por despedir a la Demandante, discriminar en contra de la Demandante, y negarse a mantener disponible el puesto de trabajo de la Demandante mientras estaba de licencia debido a condiciones médicas graves que incluyen bronquitis, neumonía y costillas fracturadas que le requirieron estar fuera del trabajo aproximadamente desde el 24 de septiembre de 2002 hasta el 10 de octubre de 2002 con la excepción del breve tiempo en que intentó regresar al trabajo. La Demandante sostiene que la California Family Care Leave Act requería que su puesto de trabajo se mantuviera disponible para ella mientras estaba de licencia entre aproximadamente el 24 de septiembre de 2002 y el 10 de octubre de 2002.

RESULTADO DEL CASO PARA VIOLACIONES DE CRFA/FMLA DEL CONDADO DE LOS ÁNGELES: El asunto se resolvió, pero los detalles se perdieron en el tiempo.
DERECHOS DE LICENCIA CFRA INTERFERIDOS Y EMPLEO TERMINADO

Alrededor del 5 de junio de 2008, la Demandante fue a una clínica de atención urgente y fue informada de que una picadura de araña en sus glúteos se había infectado.

Alrededor del 6 de junio de 2008, la Demandante regresó al doctor debido a una fiebre de 104-105 grados causada por la picadura de araña. La Demandante salió del consultorio del doctor con una nota indicando que no debería trabajar por una semana. Alrededor del 6 de junio de 2008, la nota fue presentada a la empleada encargada del departamento de recursos humanos de la Demandada. La Demandante también habló con la Empleada Encargada de Recursos Humanos y le informó sobre la nota, cómo fue sacada del trabajo, y cómo la picadura de araña le causó una reacción alérgica.

Alrededor del 7 de junio de 2008, la Demandante fue admitida al hospital donde permaneció aproximadamente ocho horas. Se hicieron incisiones para tratar de drenar el veneno de la picadura. La Demandante fue dada de alta del hospital con instrucciones de no trabajar ni ir a la escuela y de tomar Vicodin.

Alrededor del 9 de junio de 2008, la Demandante estaba en la clínica de cuidado de heridas de Kaiser siendo tratada por una herida causada por la picadura de araña. Le fue informado que la herida seguía abierta y sensible. Como resultado, le dijeron que se acostara boca abajo. Además, le informaron que es posible que no pueda regresar al trabajo en una semana.

Alrededor del 16 de junio de 2008, la Demandante habló con la Empleada Encargada de Recursos Humanos y le dijo que el doctor en la clínica de cuidado de heridas dijo que probablemente no podría regresar al trabajo como estaba planeado, pero la Demandante vería al doctor ese día para ver si la liberarían.

Cuando la Demandante fue a la clínica de cuidado de heridas el 16 de junio de 2008, le dijeron que la herida seguía abierta y sensible. Además, le dijeron que no debería estar sentada sobre la herida, y debido a su trabajo como recepcionista tendría que ser sacada del trabajo hasta el 20 de junio de 2008. La Demandante entonces llevó la nota a la Empleada Encargada de Recursos Humanos, le dijo que el doctor la estaba sacando del trabajo otra semana, y que regresaría el 23 de junio de 2008.

La Demandante regresó al trabajo el 23 de junio de 2008. Unos minutos en su turno, le dijeron que el Vicepresidente e hijo del propietario querían verla. La Demandante procedió a reunirse con el hijo del propietario quien le preguntó cómo se sentía. Le dijo que aparte del agujero en sus glúteos se sentía bien. El hijo del propietario le dijo a la Demandante que la Demandada tenía que despedirla. La Empleada Encargada de Recursos Humanos le dijo a la Demandante que lamentaba que tuviera que ocurrir. La Demandante está informada y cree que la Demandada no quería esperar a que regresara debido a su condición médica grave y otros reemplazaron y/o comenzaron a hacer su trabajo mientras estaba de licencia.

La Demandante alega que dicha Demandada violó la Sección 12945.2 del California Government Code por la conducta alegada en esta causa de acción incluyendo, pero no limitado a, aquellas cosas alegadas en los cargos adjuntos de DFEH así como la falta de otorgar a la Demandante una licencia para cuidar su condición, la falta de reintegración de la Demandante que tuvo el efecto de negar efectivamente una licencia de aproximadamente dos semanas como se permite bajo la CFRA. La Demandante alega que fue represaliada por la Demandada al despedir a la Demandante por ejercer derechos bajo la FEHA en violación de la Sección 12940(h) del California Government Code porque si la Demandante no hubiera tomado una licencia CFRA, la Demandante no habría sido rechazada para reintegración o despedida.

RESULTADO DEL CASO PARA INTERFERENCIA DE DERECHOS CFRA/FMLA Y TERMINACIÓN DE MUJER DE TARZANA: Se llegó a un acuerdo confidencial, y la empleada encontró empleo más afín a su carrera.
TERMINACIÓN INDEBIDA DE FMLA INVOLUCRANDO MUJER DE SYLMAR

Alrededor de marzo de 1995, la Demandante fue empleada por todos los Demandados nombrados, y cada uno de ellos, a tiempo completo. Al momento de la terminación de la Demandante de todos los Demandados nombrados, y cada uno de ellos, alrededor del 7-16-98, la Demandante ocupaba el puesto de Coordinadora de Oficina donde ganaba $8.00 por hora más beneficios sustanciales de empleo.

Alrededor del 5-4-98, un jarrón de vidrio cayó sobre la cara de la Demandante y le causó lesiones graves incluyendo dolores de cabeza diarios, daño nervioso, y pérdida de cabello. Debido a estas condiciones médicas graves, y la incapacidad de la Demandante para trabajar sin sufrir dolores de cabeza y lesiones, el doctor de la Demandante la puso en incapacidad desde alrededor del 5-8-98 hasta el 7-20-98.

El 22 de mayo de 1998, la Directora de Recursos Humanos de todos los Demandados nombrados envió a la Demandante una carta en papel membretado del empleador conjunto indicando que a partir del 5-7-98, la Demandante se consideraba en Licencia por Cuidado Familiar y Médica por un máximo de 12 semanas. Además, la Directora de Recursos Humanos incluyó una carta indicando que la Demandante fue aprobada para una Licencia de Ausencia desde el 5-7-98 hasta el 7-30-98.

Alrededor del 16 de julio de 1998, la Demandante llamó a la Vicepresidenta de todos los Demandados nombrados e informó que consistente con discusiones anteriores, la Demandante se había recuperado suficientemente de su condición médica grave para poder regresar al trabajo el lunes 20 de julio de 1998. Durante esta conversación telefónica, la Vicepresidenta le dijo a la Demandante que había sido reemplazada mientras estaba de licencia.

RESULTADO DEL CASO DE VIOLACIÓN DE CFRA/FMLA: El abogado del empleador admitió que los derechos de CFRA/FMLA fueron violados y se empeñó en resolver el caso prontamente con Gerber a quien sabía que era un abogado respetable que representaba a empleados

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Acerca del Fundador de la Firma, Karl Gerber

Fundador de la Firma, Karl Gerber, ha sido un abogado de empleo y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en toda California.

El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado presidió en primera instancia, y varios de sus recursos han sido publicados. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma para litigios.

Los abogados laborales empleados por Employment Lawyers Group han trabajado en la firma bien más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y derecho de terminación injustificada por Karl Gerber.

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