Abogados Laborales de Los Ángeles

Protegiendo los Derechos de los Empleados Desde 1993

Abogado de Descansos

La ley de California sobre descansos es diferente de la ley federal y sufrió cambios importantes debido a un caso reciente de la Corte Suprema de California. Nuestros abogados de descansos han obtenido resultados significativos en casos de descansos, incluyendo arbitrajes ganados, juicios y acuerdos de demandas colectivas aprobados por el tribunal por violaciones de descansos. Cada descanso no otorgado puede valer una hora de pago, generar violaciones de recibos de pago por valor de $100 por recibo, y sanciones de PAGA que otorgan al empleado entre $50 y $100 por período de pago. ¡Los daños se acumulan rápidamente!

En lugar de tratar de descifrar las complejidades de la ley de descansos de California por favor llame al (323) 525-1600 para que nuestros abogados de salarios puedan evaluar si usted y/o un gran grupo de sus trabajadores fueron sometidos a violaciones de descansos. Para información sobre las violaciones de los descansos para comer en California haga clic aquí

Abogado de Violaciones de Descansos para ComerLey de Descansos de California

Los conceptos básicos de la ley de descansos de California incluyen:

Los empleados no exentos tienen derecho a descansos. No exento podría significar que se le paga por hora, pero no necesariamente. Los empleados no exentos incluyen trabajadores con títulos de trabajo de supervisión o gerenciales si ganan menos del doble del salario mínimo de California. Los empleados pueden ser no exentos incluso si ganan el doble del salario mínimo, pero no supervisan regularmente a dos o más empleados de tiempo completo ni realizan de otro modo trabajo de supervisión o gerencial en el que tengan discreción independiente el 51% del tiempo.

Los descansos deben ser ininterrumpidos durante 10 minutos. Una decisión de la Corte Suprema de California de fines de 2016 aclaró que los descansos deben ser ininterrumpidos. Esto significa que el empleado debe quedar liberado de toda obligación durante su descanso. Durante un descanso válido, no se le debe exigir al empleado que conteste llamadas ni que cuide la propiedad del empleador.

Los empleadores no pueden impedir que los empleados con derecho tomen sus descansos. Los empleadores no están obligados a vigilar el lugar de trabajo para asegurarse de que los empleados tomen sus descansos. Sin embargo, los empleadores no pueden desalentar, impedir, o hacer imposible la toma de descansos. En 2016, el fundador de la firma, Karl Gerber, ganó un arbitraje que resultó en una recuperación de $400,000 contra un empleador que sabía que impedía, desalentaba, e imposibilitaba la toma de descansos.

Los empleados no están obligados a tomar sus descansos. Suponiendo que el empleador no haya impedido, desalentado, o hecho imposible la toma de descansos, no son responsables si un empleado decide no tomar un descanso. Del mismo modo, los empleadores no son legalmente responsables cuando los empleados deciden tomar descansos de menos de 10 minutos.

Los descansos pueden tomarse en una variedad de lugares. Si un empleado lo desea y su empleador lo permite, los descansos pueden tomarse en el lugar de trabajo habitual del empleado, ya sea un escritorio, un camión o un almacén. Los descansos también pueden tomarse fuera de las instalaciones.

Si tiene preguntas sobre en qué momento de su turno deben tomarse los descansos, por favor llame a nuestros abogados de descansos al (323) 525-1600 para ver si tiene un caso. No aconsejamos a los empleados que hagan sus propios cálculos sobre cuándo se les deben los descansos con base en cuándo comenzaron su turno y cuándo podría ser su descanso para comer. Además, es muy peligroso que los empleados hagan afirmaciones incorrectas de la ley a sus empleadores.

Salarios No Pagados

Demande por DescansosEl hecho de no permitir que los empleados elegibles tomen sus descansos diarios puede resultar en potencialmente dos sanciones por día. La Sección 226.7 del Código Laboral de California exige que un empleador pague a un empleado una hora de pago por cada descanso no otorgado. Una importante decisión de la Corte Suprema de California sugiere que los empleados pueden tener derecho hasta a dos horas de pago al día por descansos no otorgados. Si un empleado también perdió un descanso para comer, sigue teniendo derecho únicamente a dos horas de pago por el día. La Corte Suprema sugirió que un empleado puede recibir dos horas de pago por un descanso para comer no otorgado y un descanso no otorgado.

Para efectos de determinar hasta qué punto en el pasado puede reclamar un empleado por violaciones de descansos, la Corte Suprema de California ha determinado que las sanciones por descansos no otorgados son salarios, por lo que el empleado puede remontarse cuatro años atrás. Sin embargo, otras sanciones asociadas con salarios no pagados Sin embargo, pueden existir sanciones conforme a la Sección 226 del Código Laboral de California y PAGA (Procurador General Privado) si al empleado se le negaron los descansos para comer o los descansos.

En 2016, nuestra firma de abogados logró los siguientes resultados significativos en casos que involucraban violaciones de descansos:

Acuerdo de demanda colectiva de $800,000 para un pequeño grupo de trabajadores de servicios de emergencia

Resultado posterior al arbitraje de $400,000 cuando los descansos fueron desalentados, impedidos, o imposibilitados para 4 demandantes reales, seguido de un acuerdo de PAGA de $50,000

Tenemos oficinas en Bakersfield, el centro de Los Ángeles, Oxnard, Riverside, Sherman Oaks y Tustin, pero manejamos casos regularmente en todas las partes del sur de California. Debido a que buscamos representar intereses laborales importantes y recibimos cientos de consultas de casos al mes, viajamos por toda California. No somos una firma de abogados de práctica general. Nuestro único enfoque es brindar representación legal de calidad a los empleados que lo merecen.

Nuestro Despacho: Sin Honorarios ni Costos Iniciales

Representación por Honorarios de Contingencia

Todos los casos de empleo para empleados se toman por base de contingencia. Solo se nos paga un honorario cuando y si ganamos su caso, y adelantamos todos los costos de litigio. Nuestro objetivo es hacer que la representación legal experta sea accesible para todo empleado trabajador.

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Sobre el Fundador de la Firma, Karl Gerber

Fundador de la firma, Karl Gerber, ha sido abogado de derecho laboral y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en todo California.

El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado que presidió por primera vez, y varias de sus apelaciones han sido publicadas. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma en materia de litigios.

Los abogados laborales que trabajan en Employment Lawyers Group han estado en la firma por más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y despido injustificado por Karl Gerber.

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